MARESBROKER dispone de los mecanismos necesarios para atender y resolver las quejas y reclamaciones que presenten sus clientes, de conformidad con la normativa aplicable en materia de transparencia y protección del cliente de servicios financieros.
Antes de presentar formalmente su queja o reclamación, contacte primero con nosotros a través de su oficina o de su persona contacto habitual y nos ocuparemos de tratar y resolver su problema.
Si considera que no se ha satisfecho su demanda, puede dirigirse por escrito a nuestro Servicio de Atención al Cliente, presentando su queja a través de los datos de contacto indicados a continuación.
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
Departament d’Atenció al Client del Col·legi de Mediadors d’Assegurances de Barcelona
Ps de Sant Joan 33-08010 de Barcelona
Titular es Sr. Josep Lluis Fernández Sánchez
Email: elcol-legi@elcol-legi.org
El plazo máximo para la resolución del expediente es de un mes (1) en el caso de que el reclamante tenga la consideración de consumidor y de dos (2) meses en el resto de supuestos, a partir de la fecha de presentación de la queja o reclamación.
En caso de disconformidad con el pronunciamiento del Servicio de Atención al Cliente o si, transcurrido el plazo máximo desde la presentación de su queja o reclamación, no se ha resuelto su petición, podrá dirigirse a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (en adelane DGSFP) por:
- Vía telemática a la DGSFP.
- Correo postal: Paseo de la Castellana, núm. 44, 28046 de Madrid.
Además, está a su disposición el siguiente correo electrónico para cualquier incidencia en la presentación telemática:
oficinavirtual.dgsfp@economia.gob.es
Normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros.
- Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero.
- Real Decreto‐ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes, de transposición de la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros.
- Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor de las entidades financieras.
- Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

